La ley de rehabilitación: ¿oportunidad o amenaza?
junio 7, 2013 1 comentario
La Ley de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana, aprobada el pasado día 21 de mayo de 2013, pertenece a ese tipo de leyes cuya sustancia no aparece tanto en sus objetivos declarados, en lo se que hace pública de ella, como en los objetivos no declarados y que permanecen fuera de los focos de atención. Leyendo sus objetivos y las declaraciones públicas de la ministra de Fomento, Ana Pastor, se nos induce a pensar que es una ley con una clara orientación social y ecológica. Pretende mejorar la accesibilidad, seguridad y eficiencia energética de las viviendas, para hacer efectivo el derecho a una vivienda digna, al tiempo que nos acerca a cumplir los compromisos de reducción del consumo de energía y mejora de la eficiencia energética de aquí a 2020. Objetivos que lógicamente compartimos. Y ciertamente la ley prevé ayudas para estas obras de las que se pueden beneficiar las comunidades de propietarios que acuerden emprender acciones rehabilitadoras, siempre y cuándo la dotación presupuestaria para las ayudas sea suficiente. El problema aparece cuándo las obras rehabilitadoras no son emprendidas por las comunidades de forma voluntaria sino cuándo son impuestas como obligatorias. Y aquí es dónde está el núcleo de la ley y su potencial amenaza.
Si no fuera porque hemos seguido la tramitación de la ley y hemos visto quiénes han sido los principales agentes con los que se ha reunido el ministerio para concebirla y desarrollarla, si no fuera porque ya no se puede ser ingenuo con este gobierno, uno podría pensar que viene a poner las bases del necesario giro copernicano de las políticas urbanas y de vivienda han venido desarrollando los sucesivos gobiernos de España desde finales de los años ochenta. Políticas que han estado orientadas a favorecer la consideración de la vivienda desde la lógica de la inversión financiera. La consecuencia de estas políticas sostenidas por los gobiernos de González, Aznar y Zapatero han provocado la inaccesibilidad de la vivienda para una mayoría de la población, el hundimiento del sector de la construcción, del sector financiero, el desorden territorial, un irreparable impacto paisajístico y ambiental, el enorme stock de urbanizaciones y viviendas vacías, y, sobre todo, el enorme drama del desempleo y los desahucios. Es decir, sufrimiento social, insostenibilidad ambiental, destrucción del tejido productivo y financiero.
¿Pretende la nueva ley corregir todo esto? El sustrato de la misma viene a ser la reorientación de la promoción inmobiliaria hacia la ciudad existente, a través de operaciones de regeneración y renovación urbanas promovidas por agentes urbanizadores. Es el protagonismo que da a estos agentes urbanizadores el meollo de la cuestión. Al igual que antes un agente urbanizador podía dirigirse a una administración local para proponerle un nuevo desarrollo urbanístico, ahora podrá hacer lo propio con un barrio que adquiera condiciones de centralidad y resulte atractivo como inversión. Una vez puesto el barrio en el objetivo, declaradas las razones de mejora de la accesibilidad, la seguridad y la eficiencia energética, la intervención se torna obligatoria para los propietarios que tendrán que sufragarla a su costa o llegar a un acuerdo de compensación con el agente urbanizador, perdiendo sus viviendas. Esta ley pone las bases para operaciones de gentrifación a gran escala. Coloca a los barrios vulnerables en la picota del negocio inmobiliario ya que estos barrios reúnen condiciones idóneas para operaciones especulativas: tienen el atractivo de su nueva centralidad en las áreas metropolitanas y están habitadas por población sin recursos para hacer frente a los costes de la rehabilitación. Es una amenaza para los 624 barrios vulnerables censados en España y para la casi totalidad de los polígonos de vivienda de los años 60-70, cuya población ha envejecido al ritmo de sus viviendas y hoy está compuesta mayoritariamente por pensionistas.
Esta ley pone las bases para operaciones de gentrificación a gran escala, es decir, de sustitución de la población que habita un barrio por otra con mayores recursos económicos y que busca una posición de centralidad urbana en un barrio renovado. No hay cambio en la visión economicista de la política de vivienda. Sólo cambio de objeto sobre el que obtener rentabilidad económica. Hacer negocio en barrios habitados, sin dar voz ni capacidad de decisión a sus habitantes, es la principal amenaza de esta ley.La ley pone las bases para la segunda burbuja inmobiliaria a costa de los habitantes de los barrios.
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